INFORME sobre el impacto de la crisis financiera y económica en los derechos humanos

1.3.2013 - (2012/2136(INI))

Comisión de Asuntos Exteriores
Ponente: Inese Vaidere

Procedimiento : 2012/2136(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A7-0057/2013
Textos presentados :
A7-0057/2013
Debates :
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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre el impacto de la crisis financiera y económica en los derechos humanos

(2012/2136(INI))

El Parlamento Europeo,

–       Vista la Comunicación conjunta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y la Comisión al Consejo Europeo, al Parlamento Europeo y al Consejo, de 12 de diciembre de 2011, titulada «Derechos humanos y democracia en el centro de la acción exterior de la UE - Hacia un enfoque más eficaz» (COM(2011)0886),

–       Vistos el Marco estratégico y el Plan de acción de la UE en materia de derechos humanos y democracia (11855/12) adoptados por el Consejo de Asuntos Exteriores el 25 de junio de 2012,

–       Vistas las Directrices de la Unión Europea en materia de derechos humanos,

–       Vistas las conclusiones de la Cumbre del G20 celebrada en Los Cabos (México) los días 18 y 19 de junio de 2012,

–       Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 13 de octubre de 2011, titulada «Incremento del impacto de la política de desarrollo de la UE: Programa para el Cambio» (COM(2011)0637),

–       Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social Europeo, de 27 de enero de 2012, titulada «Comercio, crecimiento y desarrollo - Una política de comercio e inversión a medida para los países más necesitados» (COM(2012) 22),

–       Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948,

–       Vistos el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales,

–       Vistas las Conclusiones del Consejo de Asuntos Generales de 24 de septiembre de 2012,

–       Vista la Resolución S-10/1, de 23 de febrero de 2009, del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre los efectos de las crisis económicas y financieras mundiales en la realización universal y el goce efectivo de los derechos humanos,

–       Vistos la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la crisis financiera y económica mundial y sus efectos en el desarrollo, celebrada en Nueva York del 24 al 26 de junio de 2009, y el documento resultante adoptado por la Conferencia (asumido por la Resolución 63/303 de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 9 de julio de 2009),

–       Vista la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio, aprobada el 8 de septiembre de 2000[1]

–       Vistos los Principios de Roma para la Seguridad Alimentaria Mundial Sostenible, aprobados en la Cumbre Mundial sobre la Seguridad Alimentaria de los días 16 a 18 de noviembre de 2009,

–       Visto el informe de las Naciones Unidas de 2009 elaborado por la entonces experta independiente de las Naciones Unidas sobre la cuestión de los derechos humanos y la pobreza extrema, Magdalena Sepúlveda Carmona, actualmente Relatora Especial sobre la pobreza extrema y los derechos humanos,

–       Visto el informe, de 4 de febrero de 2009, de Raquel Rolnik, Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre vivienda y saneamiento, como componente del derecho a un nivel de vida adecuado, y sobre el derecho a la no discriminación en este contexto,

–       Vista la nota informativa n° 7 de las Naciones Unidas, de octubre de 2012, de Olivier de Schutter, Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la alimentación, y Magdalena Sepúlveda Carmona, Relatora Especial sobre la pobreza extrema y los derechos humanos, titulado «Financiando a los pobres - Un fondo mundial para la protección social»,

–       Vista su Resolución, de 25 de marzo de 2010, sobre «Los efectos de la crisis financiera y económica mundial en los países en desarrollo y en la cooperación al desarrollo»[2],

–       Vista su Resolución, de 25 de noviembre de 2010, sobre los derechos humanos y las normas sociales y medioambientales en los acuerdos comerciales internacionales[3],

–       Vista su Resolución, de 11 de diciembre de 2012, sobre una «Estrategia de libertad digital en la política exterior de la UE»[4],

–       Vista su Resolución, de 8 de junio de 2011, sobre invertir en el futuro: un nuevo marco financiero plurianual para una Europa competitiva, sostenible e integradora[5],

–       Vista su Resolución, de 6 de julio de 2011, sobre la crisis financiera, económica y social: recomendaciones sobre las medidas e iniciativas que deberán adoptarse[6],

–       Vista la Comunicación de la Comisión, de 13 de octubre de 2011, titulada «Perspectiva futura del apoyo presupuestario de la UE a terceros países» (COM(2011)0638),

–       Vista su Resolución, de 23 de octubre de 2012, sobre el Programa para el Cambio: el futuro de la política de desarrollo de la UE[7],

–       Visto el Informe de seguimiento mundial 2012, de 20 de abril de 2012, del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional,

–       Visto el informe conjunto de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el Banco Mundial, de 19 de abril de 2012, titulado «Inventario de respuestas políticas a la crisis financiera y económica mundial»,

–       Visto el informe sobre el mundo del trabajo «World of Work», de 29 de abril de 2012, de la Organización Internacional del Trabajo, titulado «Mejores puestos de trabajo para una economía mejor»,

–       Visto el informe de la Organización Internacional del Trabajo, titulado «Tendencias mundiales del empleo juvenil 2012», de mayo de 2012,

–       Vistos los artículos 48 y 119, apartado 2, de su Reglamento,

–       Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores y la opinión de la Comisión de Desarrollo (A7-0057/2013),

A.     Considerando que, aunque la crisis financiera y económica afecta, en diferente medida, a todas las regiones del mundo, incluida la Unión Europea, el objeto de la presente Resolución es evaluar los efectos de la crisis financiera y económica en los países terceros, especialmente en los países en desarrollo y en los menos desarrollados;

B.     Considerando que la crisis financiera y económica es en realidad una crisis sistémica mundial que se ha entrelazado con numerosas otras crisis, como la alimentaria, la energética y la social;

C.     Considerando que no solo los derechos económicos y sociales, sino también los derechos políticos se ven afectados por la crisis, en aquellos casos en que los Gobiernos limitan la libertad de expresión o de asociación en el contexto de un descontento y unas dificultades económicas crecientes, como reflejan, en particular, las protestas populares como las que se produjeron en el norte de África y en el Próximo Oriente en 2011;

D.     Considerando que los derechos civiles y políticos están en peligro como consecuencia de la brutal represión de las protestas sociales en muchos países de todo el mundo; destaca que se han de respetar el derecho a la información y el derecho a participar en las decisiones políticas de los gobiernos sobre las medidas de lucha contra la crisis;

E.     Considerando que, si bien aún ha de evaluarse plenamente el impacto de la crisis sobre los derechos civiles y políticos, es indiscutible que esta ha exacerbado los desórdenes sociales, lo que en ocasiones ha llevado a una represión violenta y ha hecho proliferar las vulneraciones de derechos básicos como la libertad de expresión y el derecho a la información;

F.     Considerando que la crisis financiera y económica ha golpeado a los países en desarrollo y menos desarrollados, lo que se refleja fundamentalmente en la reducción de la demanda de sus exportaciones, los elevados niveles de endeudamiento, el riesgo de reducción de los flujos de inversiones directas y la reducción de la ayuda oficial al desarrollo (AOD), lo que también afecta a los derechos humanos puesto que se reducen los recursos disponibles para garantizar los derechos económicos y sociales y aumenta el número de personas que se ven abocadas a la pobreza;

G.     Considerando que la crisis económica mundial ha afectado considerablemente a los niveles de vida de los países en desarrollo en los últimos diez años y que el índice de desigualdad ha aumentado en una cuarta parte en las economías en desarrollo, limitando así el acceso a la educación, la alimentación, la tierra y el crédito;

H.     Considerando que la AOD colectiva de la UE se redujo de 53 500 millones EUR en 2010 a 53 100 millones EUR en 2011, llevando el nivel de la AOD de la UE al 0,42 % de la RNB, por debajo del 0,44 % de la RNB de 2010; considerando , no obstante, que la UE y sus Estados miembros siguen constituyendo la principal fuente de AOD a escala mundial;

I.      Considerando que el objetivo de los acuerdos comerciales firmados por la UE con países socios es, entre otros, fomentar y ampliar el comercio y las inversiones, y mejorar el acceso a los mercados, con vistas a aumentar el crecimiento económico y la cohesión social, reducir la pobreza, crear nuevas oportunidades de empleo, mejorar las condiciones de trabajo y elevar los niveles de vida, contribuyendo así en último término al respeto de los derechos humanos;

J.      Considerando que debe garantizarse un control adecuado y una aplicación práctica de la cláusula relativa a los derechos humanos en todos los acuerdos comerciales; que toda violación sistemática de la cláusula relativa a los derechos humanos consagrada en los acuerdos comerciales de la UE autoriza a cada una de las partes firmantes a tomar «medidas apropiadas», que pueden incluir la suspensión total o parcial, la denuncia del acuerdo o la imposición de restricciones;

K.     Considerando que la iniciativa de ayuda al comercio ha aportado resultados positivos y ha contribuido al desarrollo de una capacidad comercial y de una infraestructura económica mejores en los países socios;

L.     Considerando que uno de los motivos de la crisis financiera es no tomar las medidas necesarias para prevenir, detectar y eliminar de raíz todas las formas de corrupción; que la corrupción generalizada en los sectores público y privado, tanto en los países en desarrollo como en los desarrollados, impide la protección y promoción de los derechos civiles, políticos y sociales de forma efectiva, exhaustiva y equitativa; que la corrupción supone un obstáculo para la democracia y el Estado de Derecho y afecta directamente a la población, ya que aumenta el coste de los servicios públicos, reduce su calidad y a menudo restringe el acceso de los pobres al agua, la educación, la atención sanitaria y a muchos otros servicios básicos;

M.    Considerando que la actual crisis económica conlleva repercusiones considerables para la democracia y la asistencia en materia de gobernanza por parte de la Unión Europea y otros donantes importantes; que probablemente las dificultades económicas de los países donantes fomentarán las reducciones de asistencia en el extranjero; considerando, no obstante, que la crisis pone de manifiesto la importancia de mantener el apoyo a la reforma política y al desarrollo democrático en terceros países;

N.     Considerando que la crisis financiera y económica también está afectando de forma desproporcionada a los derechos de grupos específicos de personas, en particular de las más pobres y marginadas;

O.     Considerando que los derechos de los más pobres han sido los más afectados por la crisis; que, según el Banco Mundial, 1 200 millones de personas viven en condiciones de extrema pobreza, con menos de 1,25 USD al día; que el Banco Mundial estima que, aún en el caso de una rápida recuperación, unos 71 millones de personas más en el mundo seguirán en condiciones de extrema pobreza hasta 2020 a consecuencia de la crisis económica; que tres cuartas partes de los pobres del mundo viven en países de ingresos medios;

P.     Considerando que la crisis financiera se ha extendido por todo el mundo por distintas vías de transmisión y ha interactuado con otras crisis (como la crisis de alimentos y del petróleo) a distintas velocidades e intensidades; observa con preocupación que, debido a la crisis, el Banco Mundial y las Naciones Unidas calculan que entre 55 y 103 millones más de personas se ven obligadas a vivir en la pobreza, lo que pone en peligro el logro de nuevos avances en el respeto de los derechos humanos;

Q.     Considerando que las personas que viven en situación de pobreza e indefensión necesitan de un acceso efectivo y asequible a la justicia a fin de poder exigir sus derechos o de defenderse de las violaciones de los derechos humanos cometidas contra ellas; que la falta de acceso a un juicio y a un proceso judicial justos las coloca además en una posición de vulnerabilidad económica y social;

R.     Considerando que el desempleo alcanzó en 2012 la cifra de 200 millones en todo el mundo, lo que representa un aumento de 27 millones desde el comienzo de la crisis en 2008, lo que amenaza el derecho al trabajo y conduce a una reducción de los ingresos familiares; que el empeoramiento de las condiciones económicas y el desempleo pueden afectar a la salud de las personas, lo que puede provocar una pérdida de autoestima e incluso una depresión;

S.     Considerando que más del 40 % de los trabajadores empleados en los países en desarrollo trabajan en la economía sumergida, lo que origina en muchos casos unas condiciones laborales inestables y desiguales, sin ningún tipo de protección social, y que sólo el 20 % de sus familias tienen acceso a algún tipo de protección social;

T.     Considerando que, como consecuencia de la crisis, se han deteriorado los derechos de las mujeres al haber aumentado, por ejemplo, el trabajo no remunerado y la violencia; que el desarrollo de los servicios públicos y la creación de sistemas eficaces de protección social son esenciales para garantizar el respeto de los derechos económicos y sociales de las mujeres;

U.     Considerando que las mujeres sufren a menudo un trato desigual en el lugar de trabajo en comparación con los hombres en términos de acceso al empleo, salario, despido, prestaciones de seguridad social y nueva contratación;

V.     Considerando que la crisis afecta de manera desproporcionada a los jóvenes; que 74,8 millones de jóvenes de edades comprendidas entre los 15 y los 24 años carecían de empleo en el mundo en 2011, lo que supone un aumento de más de 4 millones desde 2007, con un nivel excepcionalmente elevado de desempleo en Oriente Próximo y en el norte de África;

W.    Considerando que, en los países de ingresos medios y bajos, unos 200 millones de jóvenes no han terminado la escuela primaria, lo que significa que se les niega su derecho a la educación;

X.     Considerando que los niños se ven especialmente afectados por la crisis financiera y económica, y sus circunstancias, a menudo agravadas por las vulnerabilidades y los riesgos que sufren las personas que les atienden;

Y.     Considerando que en todo el mundo hay 61 millones de niños en edad escolar que no asisten a la escuela primaria y que los progresos hacia la meta de una educación primaria universal se han paralizado desde 2008; que el África subsahariana, con 31 millones de niños sin escuela, reúne a la mitad del número mundial total, y que un mayor número de niñas que de niños se ven obligados a abandonar la escuela para contribuir al trabajo familiar a causa de la presión que ejerce la pobreza;

Z.     Considerando que las pruebas empíricas sugieren que, en tiempos de crisis económica, cuando se reducen los presupuestos educativos, aumenta el número de niños que abandonan prematuramente la escuela o que no asisten a ella para incorporarse a la población que trabaja; que más de 190 millones de niños de edades comprendidas entre los 5 y los 14 años se ven obligados a trabajar, y que uno de cada cuatro niños de edades comprendidas entre los 5 y los 17 años trabajan en el África subsahariana, en comparación con uno de cada ocho en la región Asia-Pacífico y uno de cada diez en Latinoamérica y el Caribe; que las niñas en particular sufren un mayor riesgo de verse excluidas de la escuela y obligadas a ejercer un trabajo infantil o doméstico en casa; que esto tiene un efecto negativo en el bienestar infantil y el derecho a la educación, y afecta a largo plazo a la calidad de la mano de obra y del desarrollo general;

AA.  Considerando que el aumento y la volatilidad de los precios de los alimentos debido a la especulación financiera en los mercados de derivados afectan a millones de personas que luchan por satisfacer sus necesidades básicas; que desde 2007 se han frenado los progresos mundiales en la reducción del hambre; que 868 millones de personas sufren de malnutrición crónica, la gran mayoría de las cuales (850 millones de personas) viven en países en desarrollo; que entre las estrategias de defensa adoptadas por los hogares vulnerables figuran la reducción de la cantidad o calidad de los alimentos en etapas críticas para el desarrollo infantil o durante el embarazo, con efectos de larga duración sobre el crecimiento físico y la salud mental;

BA.  Considerando que, ante la creciente demanda de productos agrícolas destinados a la producción de alimentos, y cada vez más para uso industrial y energético, también está aumentando la competencia por la tierra, un recurso que cada vez es más escaso; que los inversores nacionales e internacionales utilizan la adquisición a largo plazo o los acuerdos de cesión para poseer grandes extensiones de terreno, lo que puede generar problemas socioeconómicos y medioambientales para los países afectados y especialmente para la población local;

CA.  Considerando que el efecto de la crisis económica puede ser especialmente agudo en el caso de las personas de edad, que pueden sufrir un mayor riesgo de perder sus puestos de trabajo y que tienen menos probabilidad de lograr una nueva formación y un nuevo empleo; que la crisis puede limitar su acceso a una asistencia sanitaria asequible;

DA.  Considerando que el aumento de los precios de los medicamentos (de hasta el 30 %) tiene un efecto negativo sobre el derecho a la salud de los más vulnerables, en particular los niños, las personas de edad avanzada y las personas con discapacidad;

EA.   Considerando que, en todo el mundo, 214 millones de trabajadores migrantes son ahora víctimas, como resultado de la crisis económica, de un trato desigual, salarios más bajos o inexistentes y maltrato físico;

FA.   Considerando que las remesas de fondos transferidas por los inmigrantes, la microfinanciación y los flujos de inversión directos en el extranjero constituyen medios para aliviar el impacto de la crisis en las economías de los países en desarrollo;

GA.  Considerando que el tráfico de seres humanos es una forma moderna de esclavitud y una grave violación de los derechos humanos fundamentales; que los traficantes explotan la necesidad de sus víctimas potenciales de conseguir un trabajo decente y de escapar de la pobreza; que las mujeres y las niñas suman dos tercios de las víctimas de la trata de seres humanos;

HA.  Considerando que 1 300 millones de personas en todo el mundo carecen de acceso a la electricidad; que el acceso a la energía, en particular a la electricidad, es vital para alcanzar varios Objetivos de Desarrollo del Milenio, ya que, entre otras cosas, reduce la pobreza a través de una mayor productividad, genera mayores ingresos y el desarrollo de microempresas y conduce a una capacitación económica y social;

IA.    Considerando que el sector agrícola ofrece empleo y medios de vida a más del 70 % de la población activa en los países en desarrollo; que la parte de la AOD dedicada a la agricultura disminuye constantemente y hoy en día solo representa el 5 % del total de la AOD; que, en países de bajos ingresos y escasos recursos, el crecimiento en el sector agrícola es cinco veces más eficaz para reducir la pobreza que el crecimiento en otros sectores (once veces más en el África subsahariana); considerando que el desarrollo rural y las medidas destinadas a apoyar la agricultura, en particular la producción local, constituyen elementos fundamentales para todas las estrategias de desarrollo y resultan cruciales para la erradicación de la pobreza, el hambre y el subdesarrollo. BA;

JA.   Considerando que los datos agregados utilizados a menudo para describir el efecto de la crisis pueden ocultar grandes disparidades entre países y dentro de los mismos; que es difícil acceder en tiempo real a los datos necesarios para comprender cabalmente el efecto de la crisis económica en las regiones y en los grupos vulnerables; que existe una necesidad de recogida y análisis de datos innovadores en colaboración a escala mundial;

1.      Reitera su profunda determinación de defender y promover los derechos humanos y libertades fundamentales – civiles, políticos, económicos, sociales y culturales – como principio fundamental de la política exterior de la Unión Europea y soporte de todas las otras políticas, tal como queda consagrado en el Tratado de Lisboa, en particular en el contexto de la crisis financiera y económica;

2.      Destaca que los derechos humanos incluyen el derecho a la alimentación, al agua, a la educación, a una vivienda adecuada, a la tierra, a un trabajo digno, a la salud y a la seguridad social; condena el hecho de que, tras el inicio de la crisis, dichos derechos se encuentren en regresión en algunos países; reconoce que la pobreza y el agravamiento de la misma son la causa de la mayoría de las situaciones de violación de estos derechos; insta a la Unión Europea a que despliegue mayores esfuerzos y dedique más recursos económicos a la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), ya que es evidente que estamos muy lejos de alcanzarlos en el año 2015;

3.      Insiste en el hecho de que la respuesta a la crisis debe incluir una cooperación multilateral coordinada internacionalmente tanto a escala regional como interregional, teniendo como eje un claro enfoque basado en los derechos humanos;

4.      Recuerda la obligación de los gobiernos de respetar, proteger y cumplir los derechos humanos, incluidos los derechos económicos y sociales, así como las libertades digitales, en todo momento, como se afirma en el Derecho internacional en materia de derechos humanos; pide a los gobiernos protección contra toda forma de discriminación y que garanticen los derechos humanos básicos para todos; lamenta la brecha existente entre el reconocimiento jurídico y la aplicación política de estos derechos;

5.      Reafirma que, mientras que la crisis económica mundial supone una seria amenaza para el cumplimiento de los derechos económicos, sociales y culturales, no hay justificación alguna para que los Estados, independientemente de su nivel de ingresos, dejen de cumplir su obligación de respetar los derechos humanos fundamentales; destaca que los gobiernos tienen, en toda circunstancia, la obligación de garantizar unos «niveles mínimos esenciales» de derechos sociales y económicos necesarios para vivir dignamente;

6.      Insta a los gobiernos a que sitúen los intereses de los sectores más vulnerables de la población en el centro de las respuestas políticas mediante el uso de un marco de derechos humanos en el proceso de toma de decisiones; pide a los gobiernos que persigan todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la justicia para todos, haciendo especial hincapié en las personas que viven en la pobreza, que necesitan alcanzar una comprensión plena de sus derechos y de los medios existentes para ejercerlos; pide a la UE que intensifique su lucha contra la impunidad y su apoyo al Estado de Derecho y a los programas de reforma de la justicia en los países socios, a fin de permitir una sociedad civil activa que forme la base de cualquier proceso de democratización;

7.      Acoge con satisfacción el compromiso de la UE de fomentar los derechos económicos, sociales y culturales y de consolidar los esfuerzos destinados a garantizar un acceso universal y no discriminatorio a los servicios básicos, prestando especial atención a los grupos pobres y vulnerables, tal como se establece en el Marco Estratégico sobre Derechos Humanos y Democracia; espera ver esto reflejado en medidas concretas, en particular en las estrategias nacionales sobre derechos humanos elaboradas por las delegaciones de la UE;

8.      Insiste en que el Representante Especial de la UE para los Derechos Humanos debe asegurar que los derechos humanos estén en la vanguardia de las iniciativas políticas, haciendo especial énfasis en los grupos más vulnerables de las sociedades de los países terceros;

9.      Destaca la importancia de garantizar que la reducción presupuestaria como respuesta a la crisis no pone en peligro los proyectos de apoyo a los derechos humanos y de fomento de la democracia; en relación a esto, hace hincapié en la necesidad de ofrecer un apoyo continuo a los proyectos financiados por el Instrumento Europeo para los Derechos Humanos y la Democracia (IEDDH) para los defensores de derechos humanos, incluidos los que trabajan en el ámbito de los derechos económicos y sociales, como los derechos de los trabajadores y los migrantes, y subraya la importancia de promover la educación en derechos humanos;

10.    Recuerda a los gobiernos su obligación de garantizar que las organizaciones de la sociedad civil cuenten con los medios necesarios para ejercer su papel en la sociedad, y que no utilicen la crisis actual como excusa para reducir la ayuda a las organizaciones de la sociedad civil; pide una financiación suficiente del Mecanismo de la Sociedad Civil después de 2013 para consolidar aún más la capacidad de la sociedad civil en los países socios;

11.    Subraya que la Comisión debería incluir disposiciones sobre derechos humanos en las evaluaciones de impacto de las propuestas legislativas y no legislativas, medidas de aplicación y acuerdos comerciales y de inversión que tengan un importante impacto económico, social y ambiental;

12.    Observa con preocupación que la crisis económica mundial está poniendo en peligro el gasto oficial para el desarrollo de los Estados miembros de la UE; recuerda que los que están pagando los costes de la crisis económica mundial de forma desproporcionada son los países pobres, mientras que esta se originó en los países más ricos; insta, por lo tanto, a la UE y a sus Estados miembros a conservar y a cumplir con los compromisos bilaterales y multilaterales de la ayuda oficial al desarrollo y con los objetivos fijados en la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas, especialmente abordando aquellos ámbitos en los que actualmente no se registra ningún progreso, y que garanticen un uso eficiente de la ayuda al desarrollo con el fin de garantizar la mejor rentabilidad y la coherencia de las políticas en materia de derechos humanos y desarrollo; recuerda que los países emergentes también pueden desempeñar un papel importante a través de su posible contribución a la ayuda pública al desarrollo;

13.    Insta a la Comisión, al SEAE y a los Estados miembros a que elaboren respuestas a la crisis y una política de desarrollo a partir de un enfoque basado en los derechos humanos, tal como se establece en la Comunicación de la Comisión «Programa para el Cambio: el futuro de la política de desarrollo de la UE»[8], y en la Resolución del Parlamento sobre dicha Comunicación[9];

14.    Destaca la importancia de la coherencia y la coordinación de políticas con el fin de alcanzar el objetivo de reducir la pobreza y aumentar la credibilidad y el impacto de la ayuda exterior de la UE;

15.    Reitera que el apoyo presupuestario a los países socios y a todos los acuerdos comerciales debe ir condicionado al respeto de los derechos humanos y la democracia en los países socios; opina que los donantes y prestamistas deben, en particular, responder de forma coordinada a las denuncias de casos de fraude y corrupción y fomentar reformas en dichos países en pos de la transparencia y la buena gobernanza; insta a la UE y a los Estados miembros a que efectúen evaluaciones sistemáticas del riesgo respecto de la corrupción generalizada en los países socios, que puede obstaculizar los efectos deseados de los proyectos humanitarios y de desarrollo;

16.    Pide a los países en desarrollo que formulen políticas económicas que promuevan el crecimiento y el desarrollo sostenibles, creen puestos de trabajo, coloquen los grupos sociales vulnerables a la vanguardia de las respuestas políticas, y basen el desarrollo en un sistema fiscal sano que elimine el fraude fiscal, lo cual es necesario para movilizar los recursos internos de una manera más eficiente y equitativa;

17.    Anima a los inversores tanto extranjeros como nacionales a que urjan por que se establezcan políticas sólidas de responsabilidad social de las empresas en todos los países, poniendo el énfasis en el desarrollo sostenible y la buena gobernanza y haciendo claramente hincapié en los derechos humanos, el trabajo digno, las normas laborales, la libertad de asociación, la negociación colectiva y otras consideraciones de tipo social;

18.    Alienta a los países en desarrollo a utilizar las preferencias comerciales ofrecidas por la UE dentro del marco del Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG) con el fin de impulsar su economía, diversificar sus exportaciones y mejorar su competitividad; les recuerda su obligación, en el marco del GSP+, de ratificar y aplicar efectivamente los principales convenios internacionales sobre derechos humanos y laborales, protección del medio ambiente y buena gobernanza enumerados en este sistema;

19.    Pide a la UE que apoye y adopte el objetivo internacional de un acceso universal a la energía en 2030, ya que esto contribuirá a la capacitación económica y a prestaciones sociales para los más pobres y los más vulnerables de los países en desarrollo;

20.    Celebra el establecimiento de un mecanismo de ejecución específico para supervisar la aplicación de las cláusulas de derechos humanos en los acuerdos bilaterales y regionales de la UE denominados de «nueva generación»; acoge con satisfacción los esfuerzos destinados a mejorar el análisis de la situación de los derechos humanos en terceros países cuando se inician o se concluyen acuerdos comerciales o de inversión; observa con preocupación que las actuales disposiciones relativas a la supervisión de los derechos humanos presentes en los acuerdos pertinentes no están definidas de forma clara ni son lo suficientemente ambiciosas; insta a la UE a adoptar una posición de principio inquebrantable, insistiendo en que sus países socios cumplan las cláusulas relativas a los derechos humanos fundamentales recogidas en los acuerdos internacionales;

21.    Acoge con satisfacción la reorientación de las ayudas de la UE hacia los países menos adelantados, instando a los países de ingresos medios a comprometer una proporción cada vez mayor de sus ingresos fiscales en los planes de protección social y en el respeto de los derechos humanos de los más pobres y los más vulnerables;

22.    Pide a la comunidad internacional que preste asistencia adecuada a los gobiernos del África subsahariana, con el fin de evitar que la crisis financiera agrave la crisis humanitaria en algunos países de la región;

23.    Pide a los gobiernos que respeten sus obligaciones para con los ciudadanos en cuanto a la buena administración de los recursos naturales;

24.    Insta a los gobiernos a que adopten todas las medidas necesarias para reducir los extremos en la desigualdad de ingresos y a que arbitren las condiciones que permitan a las personas que viven actualmente en una situación de pobreza extrema realizar plenamente su potencial y vivir con dignidad;

25.    Insta a los gobiernos de los países en desarrollo a que elaboren planes de protección social, ya que estos son esenciales para proteger a los más vulnerables y crear una resistencia frente a las crisis económicas y ambientales, y han demostrado ser una inversión en la sociedad y no un coste, como lo demuestran los programas de bienestar social, tales como bolsa familia de Brasil o los programas de obras públicas dependientes de la demanda como el Plan nacional de garantía del empleo rural de la India (NREGS); subraya que el éxito de estos programas de transferencia de efectivo depende en gran medida de condiciones como la inscripción en la escuela y la asistencia a la misma, así como de los aspectos sanitarios, en particular la vacunación de los niños;

26.    Acoge con satisfacción la iniciativa conjunta de Olivier de Schutter, Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la alimentación, y Magdalena Sepúlveda Carmona, Relatora Especial sobre la pobreza extrema y los derechos humanos, destinada a consolidar los sistemas de protección social de los países en desarrollo a través de un fondo mundial para la protección social, a través del cual puede transponerse la solidaridad internacional en beneficio de los países menos desarrollados; pide a la Comisión que preste apoyo a estos programas;

27.    Considera que la inversión en agricultura sostenible en los países en desarrollo es un acelerador importante de la lucha contra la inseguridad alimentaria y del impulso del crecimiento global; insta a los gobiernos a apoyar inversiones responsables del sector privado y a los pequeños productores de alimentos, especialmente las mujeres y las cooperativas agrícolas, que son los más eficaces en la reducción de la pobreza extrema aumentando los beneficios de los trabajadores; subraya la importancia de las inversiones en infraestructuras rurales, que reducen los costes de transacción y permiten a los agricultores llegar a los mercados y generar mayores ingresos;

28.    Pide a los gobiernos que impidan que los especuladores financieros nacionales e internacionales que invierten en la tierra generen repercusiones negativas para los pequeños agricultores y los productores locales causando desplazamientos, problemas medioambientales e inseguridad alimentaria y de ingresos; recuerda en este sentido que las garantías de empleo y alimentación constituyen condiciones básicas para el respeto de los derechos humanos, la democratización y cualquier otro compromiso político;

29.    Recuerda a los gobiernos y al sector privado que respeten la propiedad de la tierra informal y tradicional, así como los derechos de uso de la misma; destaca que los grupos vulnerables, como los pueblos indígenas, son los que más necesitan protección, ya que a menudo la tierra es el único recurso del que pueden obtener su sustento;

30.    Insta a los gobiernos a no cortar o limitar las subvenciones a los alimentos, ya que estas subvenciones pueden limitar la prevalencia del hambre y mejorar la nutrición en los hogares receptores;

31.    Solicita una mayor transparencia en los mercados de productos a fin de evitar la volatilidad de los precios de las materias primas agrícolas debida a la especulación excesiva y destaca la necesidad de una mayor atención y una mejora de la cooperación a escala internacional a este respecto;

32.    Recuerda a los gobiernos que las políticas de empleo juvenil deben centrarse no sólo en la creación de empleo, sino también en asegurar un nivel de ingresos y unas condiciones de trabajo apropiadas para garantizar un nivel de vida adecuado;

33.    Manifiesta su apoyo a la introducción universal de un impuesto sobre las transacciones financieras, que puede ser un mecanismo de financiación innovador para el desarrollo que contribuya en última instancia a la realización universal de los derechos económicos y sociales; alienta a todos los Estados Miembros a que apoyen la propuesta del presupuesto de la UE de un impuesto sobre transacciones financieras;

34.    Destaca que la lucha contra los flujos financieros ilícitos, los paraísos fiscales y la especulación con materias primas es una medida necesaria para lograr el respeto de los derechos humanos, especialmente en los países con rentas bajas;

35.    Considera que los países en desarrollo deben establecer sistemas de financiación innovadores para las políticas económicas; alienta a los países a crear mecanismos financieros relacionados con sus propios recursos;

36.    Insta a las empresas a mejorar su competitividad en los países en desarrollo, lo que permitiría reducir el desempleo y promover las políticas destinadas a fomentar el empleo;

37.    Considera de suma importancia el fortalecimiento de las políticas de desarrollo y formación de capacidades, incluida la educación no formal y las prácticas profesionales y capacitación en el puesto de trabajo, que proporcionan apoyo a una transición exitosa de la escuela al mercado de trabajo;

38.    Hace hincapié en que los acontecimientos relacionados con la Primavera Árabe han puesto de relieve una serie de lagunas en las políticas de la UE dirigidas a esta región, incluida la situación de los jóvenes, que se enfrentan a un desempleo masivo y carecen de perspectivas en su país; insta a la UE a abordar mejor el impacto de la crisis financiera en terceros países, teniendo debidamente en cuenta también los informes de las organizaciones de la sociedad civil;

39.    Insta tanto a los gobiernos de los países con altas tasas de trabajo infantil como a los donantes internacionales a que promuevan medidas preventivas, tales como la ampliación del acceso a la escuela, la mejora de la calidad de la educación y la reducción de los costes escolares, con el fin de reducir los índices de pobreza y fomentar el crecimiento económico;

40.    Insta a los gobiernos a que elaboren programas educativos de segunda oportunidad para quienes no han asistido a la escuela primaria con el fin de dotarlos de conocimientos lingüísticos y numéricos y de capacidades para ganarse la vida que les ayuden a salir de la pobreza;

41.    Insta a los gobiernos a que intensifiquen las medidas de apoyo a la protección de la infancia, incluidas medidas para hacer frente a la violencia contra los niños y para promover la sensibilización de los funcionarios públicos sobre la violencia contra los niños;

42.    Recuerda que todas las políticas de recuperación necesitarán contar con un fuerte componente de género; pide que se apliquen, con carácter de urgencia, políticas y prácticas que aseguren la entrada de un mayor número de mujeres en el mercado laboral en puestos de trabajo que ofrezcan condiciones de trabajo y una protección social dignas; pide inversiones públicas en los servicios de atención para reducir el trabajo doméstico y de cuidado de personas no remunerado de las mujeres; insiste en que las políticas de mercado de trabajo deben abordar la falta de tiempo de los padres para el cuidado y la crianza;

43.    Subraya que las mujeres deben estar más involucradas en el diálogo social y en los procesos de toma de decisiones; reitera el hecho de que la educación de niñas y mujeres así como la participación de las mujeres son fundamentales;

44.    Insta a los gobiernos a que aborden cuestiones fundamentales en materia de derechos humanos a las que se enfrentan las personas mayores, especialmente en tiempos de recesión económica, como el desempleo de larga duración, la discriminación en el empleo por razones de edad, la inseguridad de los ingresos y la imposibilidad de tener acceso a la atención sanitaria; pide a los gobiernos que pongan en marcha nuevos mecanismos innovadores para la participación flexible de la población activa, como la posibilidad de que las personas de edad obtengan pensiones sociales mientras trabajan a tiempo parcial, los programas de reciclaje laboral o las medidas fiscales destinadas a estimular el empleo en las personas de mayor edad;

45.    Pide que los costes de transacción de remesas transferidas por los inmigrantes se reduzcan y permitan a los inmigrantes la apertura de cuentas bancarias en los países de acogida;

46.    Pide a los gobiernos que garanticen que la lucha contra la trata de seres humanos sigue siendo una prioridad en los momentos de crisis económica y financiera; insta a los gobiernos a que apliquen plenamente la legislación para enjuiciar a los traficantes y contrabandistas, ampliar el apoyo y la asistencia jurídica a las víctimas de la trata de personas, e intensificar la cooperación internacional;

47.    Acoge con satisfacción los debates en el seno del Grupo de Alto Nivel de las Naciones Unidas sobre el Programa para el Desarrollo después de 2015, con la participación del Comisario Europeo de Desarrollo; considera que el marco post-2015 debe dar prioridad a la aplicación universal de los derechos humanos, tener en cuenta el impacto de la crisis financiera y económica, especialmente en los más pobres y los más vulnerables, y mantener los compromisos con los objetivos de reducción de la pobreza; insta a todas las partes implicadas a que consideren la posibilidad de establecer objetivos e indicadores cuantificables, así como indicadores cualitativos y basados en los resultados;

48.    Hace hincapié en la necesidad de más investigación y análisis sobre el impacto de la crisis financiera y económica en varias regiones, incluso en la UE y en sus relaciones con terceros países, y en la necesidad de mejorar el seguimiento de las señales tempranas de crisis mundiales y regionales; subraya que los datos desagregados deberían revestir mayor importancia en la investigación y la planificación política con el fin de aprehender y abordar mejor los problemas de los miembros más pobres y vulnerables de la sociedad; pide a la Comisión y a los Estados miembros que proporcionen apoyo financiero al laboratorio de innovación «Global Pulse» de las Naciones Unidas, impulsado por el Secretario General de las Naciones Unidas en 2009, con el objetivo de recopilar y analizar los datos necesarios para una mejor comprensión del impacto de la crisis financiera y económica en los sectores vulnerables de la población y aportar respuestas políticas adecuadas;

49.     Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), al Representante Especial de la UE para los derechos humanos, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros y a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

OPINIÓN de la Comisión de Desarrollo (23.1.2013)

para la Comisión de Asuntos Exteriores

sobre el impacto de la crisis financiera y económica en los derechos humanos
(2012/2136(INI))

Ponente de opinión: Keith Taylor

SUGERENCIAS

La Comisión de Desarrollo pide a la Comisión de Asuntos Exteriores, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en su propuesta de resolución:

1.  Destaca que la crisis económica y financiera supone una amenaza para los derechos humanos en su conjunto, incluidos los derechos civiles y políticos; destaca en particular que la crisis económica y financiera ha tenido efectos negativos en el acceso a la alimentación, la sanidad y la educación de los grupos más vulnerables de la sociedad, tanto en zonas urbanas como rurales, y que ha provocado un aumento drástico de los niveles de pobreza en todo el mundo; recuerda que los gobiernos tienen el cometido de garantizar el respeto de los derechos económicos, sociales y culturales (DESC) y de proporcionar protección contra los abusos de, por ejemplo, actores empresariales y privados, mediante la aplicación de los principios rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, así como de investigar los delitos financieros cometidos por estos actores; del mismo modo, destaca la responsabilidad de la UE de proponer acuerdos de asociación que contribuyan al desarrollo sostenible del país anfitrión y a generar empleo con unas garantías sociales mínimas;

2.  Observa que la crisis financiera se ha extendido por todo el mundo por distintas vías de transmisión y ha interactuado con otras crisis (como la crisis de alimentos y del petróleo) a distintas velocidades e intensidades; observa con preocupación que, debido a la crisis, el Banco Mundial y las Naciones Unidas calculan que entre 55 y 103 millones más de personas se ven obligadas a vivir en la pobreza, lo que pone en peligro el logro de nuevos avances en el respeto de los derechos humanos;

3.  Observa con preocupación que, según las estimaciones del Banco Mundial y del FMI, ha disminuido el ritmo de reducción de la pobreza en el África subsahariana y que en 2009 murieron en esta zona de África entre 30 000 y 50 000 niños más como consecuencia de la crisis financiera mundial;

4.  Observa con preocupación que, como consecuencia de la crisis, se han deteriorado los derechos de la mujer al haber aumentado, por ejemplo, el trabajo no remunerado y la violencia; reafirma, por consiguiente, que el desarrollo de los servicios públicos y la existencia de sistemas eficaces de protección social son esenciales para garantizar el respeto de los derechos económicos y sociales de las mujeres;

5.  Recuerda que el principio de no discriminación exige, especialmente en un contexto de crisis, medidas correctoras positivas para hacer frente al impacto desproporcionado sobre las mujeres, los pueblos indígenas y otros sectores de la población sistemáticamente desfavorecidos, garantizando al mismo tiempo que esas medidas de lucha contra la crisis beneficien especialmente a las comunidades más desfavorecidas y vulnerables;

6.  Subraya que las inversiones realizadas en el ámbito social han permitido proteger mejor a la población pobre ante la crisis y aumentar la resistencia de los pobres frente a las sacudidas económicas asimismo, pone de relieve que, pese a la crisis, algunos países en desarrollo registran una tasa de crecimiento de alrededor del 4 %; hace hincapié en que los países con sistemas tributarios nacionales eficaces reducen su vulnerabilidad ante pérdidas repentinas de los impuestos sobre las ventas o de flujos de capital extranjero; insta, por lo tanto, a la UE a ayudar a los países en desarrollo a implantar sistemas tributarios progresivos y eficaces para mitigar el impacto de la crisis sobre los ingresos públicos, con el objeto de contribuir a garantizar los fondos necesarios para los programas de protección social y de asegurar una redistribución equitativa de los recursos existentes; insiste en que la UE no debe transigir en cuanto a la condicionalidad y la eficacia de su ayuda al desarrollo, en especial en los países donde la corrupción agrava aún más los efectos de la crisis y exacerba la vulneración de los derechos humanos;

7.  Destaca que, mientras que los ciudadanos de los países desarrollados sienten el impacto de la crisis económica y financiera, el peso de la crisis ha recaído sobre todo en las espaldas de los ciudadanos del mundo en desarrollo, que carecen prácticamente de redes protección; solicita una mayor participación de la UE que contribuya a mitigar estos efectos en los países en desarrollo;

8.  Observa con preocupación que los derechos civiles y políticos están en peligro como consecuencia de la brutal represión de las protestas sociales en muchos países de todo el mundo; destaca que se ha de respetar el derecho a la información y el derecho a participar en las decisiones políticas de los gobiernos sobre las medidas de lucha contra la crisis;

9.  Condena que, mientras que la comunidad internacional reconoce la indivisibilidad y la igual importancia de todos los derechos humanos, los derechos económicos, sociales y culturales siguen siendo difíciles de hacer cumplir en la práctica; considera que debería hacerse un uso completo del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ICESCR) que tenga en cuenta las quejas individuales de supuestas vulneraciones de los derechos económicos, sociales y culturales;

10. Hace hincapié en que las tensiones sociales han generado una discriminación y una xenofobia crecientes con respecto a las minorías y los trabajadores migrantes, que pertenecen a los grupos más vulnerables afectados por la crisis y cuyas necesidades deben tenerse en cuenta en la respuesta a la crisis;

11. Reafirma que, mientras que la crisis económica mundial supone una seria amenaza para el cumplimiento de los derechos económicos, sociales y culturales, no hay justificación alguna para que los Estados, independientemente de su nivel de ingresos, dejen de cumplir su obligación de respetar los derechos humanos fundamentales; destaca que los gobiernos tienen, en toda circunstancia, la obligación de garantizar unos «niveles mínimos esenciales» de derechos sociales y económicos necesarios para vivir dignamente;

12. Destaca que la igualdad entre hombres y mujeres es un instrumento para luchar contra la pobreza de las mujeres, dado que tiene un impacto positivo en la productividad y en el desarrollo de sociedades viables y conduce a un aumento de la participación de las mujeres en el mercado laboral, lo que a su vez conlleva múltiples beneficios sociales, económicos y ecológicos;

13. Enfatiza que el disfrute de los derechos sociales y económicos depende, entre otros, de la capacidad del Estado para regular el mercado financiero y de distribuir los recursos de manera equitativa mediante, por ejemplo, un sistema tributario eficaz, transparente y progresivo;

14. Destaca que la respuesta de los gobiernos a la crisis debe ser no solo económica sino también social; considera que, con el fin de apoyar los esfuerzos de los países en desarrollo, los subsiguientes acuerdos de asociación deben poner mayor énfasis en el fomento de una mejor gobernanza;

15. Lamenta que en los períodos de crisis se vulneren gravemente los derechos de las mujeres y de las minorías, e insiste en que precisamente en estos períodos se presta mayor atención a la lucha contra la discriminación por razón de sexo, religión o convicciones, raza u origen étnico, edad, discapacidad, orientación sexual e identidad sexual;

16. Destaca que la lucha contra los flujos financieros ilícitos, los paraísos fiscales y la especulación con materias primas es una medida necesaria para lograr el respeto de los derechos humanos, especialmente en los países con rentas bajas;

17. Subraya que la crisis financiera y económica también está afectando de forma desproporcionada a los derechos de grupos específicos de personas, en particular las más pobres y marginadas;

18. Destaca que, si bien aún ha de evaluarse plenamente el impacto de la crisis sobre los derechos civiles y políticos, es indiscutible que la crisis ha exacerbado los desórdenes sociales, lo que en ocasiones ha llevado a una represión violenta y ha hecho proliferar las vulneraciones de derechos básicos como la libertad de expresión y el derecho a la información;

19. Recuerda que los valores fundamentales de la libertad, la dignidad humana, la justicia social y la no discriminación son esenciales para el desarrollo económico y social sostenible; subraya, en particular, la universalidad de la Agenda de la OIT sobre el trabajo digno como principio fundamental para garantizar una globalización justa; apela a la UE para que apoye una respuesta a la crisis basada en los derechos humanos y contribuya al establecimiento de unos niveles mínimos de protección social en los países en desarrollo, a la par que respete sus enfoques individuales con respecto a la aplicación;

20. Recuerda que el respeto de los derechos humanos implica, entre otros aspectos, una protección social mínima universal con un salario mínimo y la plena aplicación de las normas laborales internacionales como salvaguardia contra la pobreza extrema;

21. Observa que alrededor de 5 100 millones de personas, es decir, el 75 % de la población mundial, no tienen una cobertura social adecuada, que 2 600 millones de personas no tienen acceso a unas instalaciones de saneamiento apropiadas, que 884 millones de personas carecen de acceso a fuentes adecuadas de agua potable, que 873 millones de personas padecen hambre crónica, que casi 9 millones de niños menores de cinco años mueren cada año de enfermedades en su mayor parte evitables y que 100 millones de personas pasan a vivir por debajo del umbral de la pobreza cuando se ven obligadas a pagar su asistencia sanitaria;

22. Señala que los países subsaharianos son especialmente vulnerables a los impactos externos debido a la limitada diversificación de sus economías y exportaciones y a la predominancia de los productos primarios; destaca, asimismo, que los flujos financieros ilícitos suponen un importante reto para el desarrollo de África y obstaculizan el respeto de los derechos humanos; alienta a los países africanos a que lleven a cabo auditorías sistemáticas de la deuda nacional; insta una vez más a la UE a que haga de la lucha contra los paraísos fiscales y la corrupción una de sus prioridades esenciales y a que anime enérgicamente a las instituciones financieras y de desarrollo internacionales a hacer lo mismo;

23. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a velar por que se protejan realmente los derechos humanos en el ámbito de competencias que les otorga cualquier acuerdo comercial y de inversión que se haya celebrado o revisado mediante cláusulas sobre derechos humanos vinculantes y no negociables; subraya, por consiguiente, que los Estados miembros, movidos por el deseo de garantizar el acceso a los mercados de exportación o de atraer a inversores, no deben dejarse presionar para celebrar acuerdos que dificulten su capacidad para respetar sus compromisos en materia de derechos humanos; insiste en que la Comisión lleve a cabo evaluaciones sistemáticas del impacto de los acuerdos comerciales y de inversión sobre los derechos humanos para contribuir a garantizar la aplicación efectiva de los derechos humanos;

24. Observa con preocupación que la crisis económica mundial está poniendo en peligro el gasto oficial para el desarrollo de los Estados miembros de la UE; recuerda que los que están pagando los costes de la crisis económica mundial de forma desproporcionada son los países pobres, mientras que esta se originó en los países más ricos; insta, por lo tanto, a la UE y a sus Estados miembros a conservar y a cumplir con los compromisos bilaterales y multilaterales de la ayuda oficial al desarrollo y con los objetivos fijados, por ejemplo, en la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas, y recuerda que los países emergentes también pueden desempeñar un papel importante a través de su posible contribución a la ayuda pública al desarrollo;

25. Reitera que las decisiones que competen a las instituciones internacionales, tales como el FMI, el Banco Mundial o la OMC, deben ser compatibles con todo el abanico de obligaciones en materia de derechos humanos consagrado en los tratados internacionales sobre derechos humanos.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

22.1.2013

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

24

0

0

Miembros presentes en la votación final

Thijs Berman, Michael Cashman, Corina Creţu, Véronique De Keyser, Nirj Deva, Leonidas Donskis, Charles Goerens, Filip Kaczmarek, Miguel Angel Martínez Martínez, Gay Mitchell, Norbert Neuser, Bill Newton Dunn, Maurice Ponga, Birgit Schnieber-Jastram, Michèle Striffler, Alf Svensson, Keith Taylor, Eleni Theocharous, Patrice Tirolien, Anna Záborská, Iva Zanicchi

Suplentes presentes en la votación final

Enrique Guerrero Salom, Gesine Meissner, Judith Sargentini

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

19.2.2013

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

47

3

17

Miembros presentes en la votación final

Pino Arlacchi, Elmar Brok, Jerzy Buzek, Tarja Cronberg, Arnaud Danjean, Mário David, Mark Demesmaeker, Michael Gahler, Marietta Giannakou, Ana Gomes, Andrzej Grzyb, Anna Ibrisagic, Liisa Jaakonsaari, Anneli Jäätteenmäki, Jelko Kacin, Tunne Kelam, Evgeni Kirilov, Maria Eleni Koppa, Andrey Kovatchev, Paweł Robert Kowal, Wolfgang Kreissl-Dörfler, Eduard Kukan, Alexander Graf Lambsdorff, Vytautas Landsbergis, Ryszard Antoni Legutko, Krzysztof Lisek, Sabine Lösing, Ulrike Lunacek, Willy Meyer, Francisco José Millán Mon, Alexander Mirsky, Annemie Neyts-Uyttebroeck, Raimon Obiols, Ria Oomen-Ruijten, Pier Antonio Panzeri, Alojz Peterle, Mirosław Piotrowski, Bernd Posselt, Hans-Gert Pöttering, Cristian Dan Preda, Fiorello Provera, Libor Rouček, Tokia Saïfi, José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, György Schöpflin, Adrian Severin, Marek Siwiec, Sophocles Sophocleous, Laurence J.A.J. Stassen, Charles Tannock, Inese Vaidere, Johannes Cornelis van Baalen, Geoffrey Van Orden, Sir Graham Watson

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Marije Cornelissen, Anne Delvaux, Barbara Lochbihler, Monica Luisa Macovei, Emilio Menéndez del Valle, Potito Salatto, Marietje Schaake, Helmut Scholz, Indrek Tarand, Traian Ungureanu, Ivo Vajgl

Suplente(s) (art. 187, apdo. 2) presente(s) en la votación final

Rui Tavares, Claudiu Ciprian Tănăsescu