[artículo] Título : | (2002) La otra cara de las Islas Canarias: violación de los derechos de los inmigrantes y los solicitantes de asilo | Tipo de documento: | documento electrónico | Autores: | Human Rights Watch, Autor | Fecha de publicación: | 2012 | Idioma : | Español (spa) | in Ikusbide > 50 (Marzo 2012) Clasificación: | derecho de asilo Inmigración Integración de los migrantes Migrante
| Clasificación: | INC - Incidencia social, sensibilización Sensibilización, denuncia, transformación e incidencia social | Nota de contenido: | Los inmigrantes que llegan ilegalmente a las Islas Canarias experimentan en la actualidad un trato denigrante que abarca tanto el período de detención en las instalaciones de los antiguos aeropuertos de Fuerteventura y Lanzarote como en los momentos previos a esta situación. Los retenidos en estas instalaciones, incluyendo los solicitantes de asilo, enfrentan no sólo una severa masificación en las mismas sino también una completa incapacidad para establecer cualquier tipo de comunicación con el mundo exterior, ya que carecen de teléfonos, horarios de visita o posibilidad de enviar y recibir correo. Así mismo, no tienen un acceso de calidad a la información ni a los abogados, intérpretes o médicos y además se ven privados del aire fresco, la luz del sol o de la posibilidad de realizar ejercicio durante un período de tiempo que puede prolongarse hasta los cuarenta días. En esta misma línea, los familiares, amigos y organizaciones humanitarias y no gubernamentales (ONGs), excepto Cruz Roja, ven denegado de forma sistemática su acceso a las instalaciones, incluso para encontrarse con detenidos específicamente identificados. Los únicos abogados que tiene permitido el acceso son los abogados del Colegio de Abogados pertinente que se encuentran en turno de oficio el día de la llegada del inmigrante1. La policía tiene la capacidad de llamar a estos abogados en nombre de los detenidos si éstos así lo requieren, aunque en la práctica raramente visitan las instalaciones. El proceso de toma de decisiones relativo a la detención y expulsión de inmigrantes que llegan a las Islas Canarias es generalmente arbitrario y contrario a la ley española. La supervisión judicial sobre las detenciones exigida por la ley española e internacional se produce mecánicamente y se constituye en poco más que un mero trámite. Incluso se puede afirmar que la capacidad de los inmigrantes de ejercer su derecho a pedir asilo se encuentra en entredicho.
Human Rights Watch llevó a cabo una investigación de seis semanas en España, durante los meses de octubre y noviembre de 2001, con objeto de analizar la situación de los derechos humanos de los inmigrantes en ese país.
La investigación se concentró en la llegada, detención y expulsión de los inmigrantes e incluyó visitas y entrevistas en profundidad con miembros de organizaciones no gubernamentales, representantes gubernamentales e inmigrantes en las Islas Canarias, Madrid, Málaga, Murcia, Algeciras, Tarifa, Barbate, y las dos ciudades autónomas de Ceuta y Melilla en el norte de África.
La investigación realizada en las Islas Canarias, a finales del mes de octubre y principios de noviembre, reveló la urgente necesidad de sacar a la luz las circunstancias que rodean la detención de los inmigrantes que llegan a las islas de Fuerteventura y Lanzarote así como las condiciones en las que permanecen detenidos. Human Rights Watch mantuvo contactos con ONGs, abogados, médicos, trabajadores de ayuda humanitaria, policías y cargos gubernamentales familiarizados tanto con los procesos que conducen a la detención así como con las condiciones generales de las instalaciones de Fuerteventura y Lanzarote. Así mismo se realizaron entrevistas en profundidad con más de treinta inmigrantes que tras su llegada a España permanecieron detenidos en estas instalaciones. Tanto las autoridades de las Islas Canarias como la representación del gobierno central en las islas denegó el acceso a las instalaciones a nuestros investigadores, alegando que las organizaciones no gubernamentales no tienen permitido el acceso y que Human Rights Watch no podía constituirse en una excepción. |
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